Aprobado el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017

Lima (Perú), 24 de junio de 2013. El Ejecutivo peruano ha aprobado el Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017. El Plan, recogido en el Decreto Supremo Nº 002-2013-MIMP, y que ya ha sido publicado en el Diario Oficial El Peruano, establece las acciones para mejorar la calidad de vida de este colectivo y por ende lograr que sean partícipes plenos del desarrollo social, económico, político y cultural del país, contribuyendo al respeto de su dignidad.

La Comisión Multisectorial estará adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, cuya titular es Ana Jara

Mediante dicho Decreto Supremo se dispone, asimismo, la conformación de la Comisión Multisectorial Permanente, que estará adscrita al Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables-MIMP. Esta Comisión está presidida por el viceministro de Poblaciones Vulnerables del MIMP, e integrada por el secretario general de la Presidencia del Consejo de Ministros, el viceministro de Salud, el viceministro de Gestión Pedagógica, el viceministro de Políticas y Evaluación Social, el viceministro de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, entre otros.  Otros integrantes de la Comisión son el jefe del Instituto Nacional de Estadística e Informática, el jefe de la Oficina de Normalización Previsional, el presidente ejecutivo  del Seguro Social de Salud-EsSalud y el presidente del Instituto Peruano del Deporte. La Dirección de Personas Adultas Mayores, de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, o la que haga sus veces, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, actuará como Secretaría Técnica de la Comisión. Podrán participar, en calidad de invitados, un representante de la Mesa de Concertación para la Lucha contra la Pobreza y un representante de la Defensoría del Pueblo.

Plazo y funciones

El Decreto Supremo establece que la Comisión Multisectorial deberá instalarse en un plazo no mayor de diez días hábiles siguientes a la fecha de publicación del Decreto Supremo.

La Comisión Multisectorial Permanente tendrá como funciones:

– Coordinar y articular la implementación de las acciones contenidas en los Planes nacionales para las personas adultas mayores.

Entre los integrantes de la Comisión Multisectorial Permanente destaca la ausencia tanto del colectivo de adultos mayores como de las ONGs que trabajan con este sector de población.

– Ejercer la labor de apoyo al seguimiento y monitoreo y acompañar el proceso de evaluación de los Planes Nacionales para las Personas Adultas Mayores.

– Deberá aprobar las fichas técnicas de indicadores y recolección de información que permitan efectuar el seguimiento, monitoreo y evaluación del Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores.

– Elaborar informes anuales de los avances del Plan Nacional.

– Coordinar con los pliegos respectivos a fin de garantizar la programación y priorización de los recursos necesarios para la ejecución de los Planes Nacionales para las Personas Adultas Mayores en el marco de las disposiciones legales vigentes.

– Coordinar con los gobiernos regionales y gobiernos locales para que dentro del marco de sus funciones y competencias incorporen los objetivos de los Planes Nacionales en sus políticas regionales y locales, pudiendo establecer a su vez planes regionales y locales dentro del marco del referido Plan.

– Elaborar la propuesta del Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores para el siguiente quinquenio.

– Formular su Reglamento Interno, el cual será aprobado por Resolución Ministerial del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables en un plazo no mayor de 30 días hábiles contados a partir del día siguiente de su instalación.

Plan Nacional para las Personas Adultas Mayores 2013-2017.

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