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Ciudad de México, 16 de abril, de 2015. La secretaria de la Comisión de Atención a Grupos Vulnerables, Elvia María Pérez Escalante, propuso incorporar al Código Penal Federal el delito de abandono a adultos mayores, para quienes tienen la obligación de cuidarlos, con sanciones de 50 a 100 días de salario mínimo y un mes a cuatro años de prisión.

Pérez Escalante agregó que actualmente se castiga con prisión a quien abandone a un menor de edad o una persona enferma incapaz de cuidarse a sí misma y destacó la importancia de incorporar a este dispositivo de carácter penal a las personas adultas mayores, toda vez que a la fecha no se cuenta con estadísticas ciertas en torno al maltrato y la violencia que sufren y, en especial, de los que no les es posible cuidarse a sí mismos y han sido abandonados.

Refirió que de acuerdo con una encuesta de El Colegio de México, realizada en el Distrito Federal, un 36 % de los adultos mayores reciben maltrato y violencia por parte de sus hijos, un 11 %, de la pareja, un  10 % de los nietos, y un 17.4 de personas ajenas.

Indicó que al imponer una multa 50 a 100 días de salario mínimo por abandono de personas, se fortalece la protección de los adultos mayores y también a los menores y las personas enfermas con incapacidad de cuidarse a sí mismos.

Los grupos vulnerables no sólo son aquellos sectores que por su edad, condiciones económicas o de salud, características físicas, género, circunstancias culturales o políticas, se sitúan en condiciones de desventaja frente a los demás, sino también se trata de personas susceptibles de convertirse en víctimas de maltrato y violencia e incluso del abandono”, abundó.

Elvia María Pérez recordó que el actual artículo 335 del Código Penal Federal tipifica como delito el abandono de personas incapaces de cuidarse a sí mismos, solo cuando se trata de menores o personas enfermas, sin considerar a adultas mayores, por lo que resulta muy importante reformar este dispositivo a fin de que se les asista.

Fuente: RASA

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